La asociación política en Rousseau
pacto del rico y contrato social
DOI:
https://doi.org/10.29327/2318183.16.1-6Palabras clave:
Rousseau. Pacto del rico. Contrato social. LegitimidadResumen
La genealogía del estado civil propuesta por Rousseau tiene algunos momentos críticos. Quizás el más crucial de ellos tiene lugar cuando el estado de naturaleza degenera en un estado de guerra. En este punto, según el diagnóstico del propio ginebrino, la humanidad no tiene más alternativa que cambiar radicalmente su forma de ser. La transformación requerida es precisamente el advenimiento de lo político. Por eso Rousseau se detiene con tanto detalle en el problema de la asociación política. La forma de esta asociación, sus fundamentos, fines y implicaciones se detallan tanto en el Discurso sobre la desigualdad como en el Contrato social. El principal objetivo de este artículo es precisamente comparar las diferentes convenciones que, en la concepción de Rousseau, dan origen al cuerpo político. El contraste de sus características tendrá el propósito adicional de refutar una importante corriente interpretativa, inaugurada por Victor Goldschmidt, según la cual los expedientes asociativos hipotetizados en el segundo Discurso y en el Contrato serían igualmente válidos, a pesar de sus peculiaridades.